lunes, 20 de febrero de 2012

MERCANCIAS PELIGROSAS : CIRCULACIÓN POR TÚNELES


Los países firmantes del ADR deben clasificar sus túneles en cinco categorías en función de 3 peligros principales que pueden ser causa de un gran número de víctimas o de dañar gravemente su estructura. Son: explosión, fuga de materias tóxicas e incendio.

Cada país debe publicar oficialmente y difundir antes del 31-12-2009 las prohibiciones de
acceso a los túneles, así como indicarlas mediante señalización de carretera en un emplazamiento desde el que sea posible elegir un itinerario alternativo. (A final de 2011 todavía no lo han hecho)

Restricciones a las materias que pueden provocar








MERCANCIAS PELIGROSAS : CONSEJO DE SEGURIDAD


Consejero de Seguridad. Esta figura está regulada por el ADR y en España por el Real Decreto 1566/1999, del 8 de Octubre, y es obligatoria en todos los países comunitarios desde enero del año 2000.

Apartado 1.8.3 del ADR y artículo 1 del Decreto dicen lo mismo:

Cualquier empresa cuya actividad comporte el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones de embalaje,de carga, de llenado o de descarga relacionadas con estos transportes, designará a uno o a varios consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, encargados de ayudar en la prevención de riesgos para las personas, los bienes o el medio ambiente, inherentes a estas actividades.

Por tanto la obligatoriedad del Consejero viene dada por las operaciones anteriores y no por la posición contractual que cada cual ocupe.

Consejero de Seguridad: Asesora a empresa y comprueba el cumplimiento de la normativa aplicable y las condiciones de seguridad. Debe redactar unos informes que la empresa ha de enviar a la Administración:

Parte de accidente. Cuando se produzca un accidente de cierta importancia. En el parte se reflejarán los datos relacionados con el suceso: vehículo, materia implicada, lugar, consecuencias, causas
que lo provocaron (R. Decreto 1566/99, artículo 8).

Informe anual. Actividades realizadas por la empresa durante el año: toneladas transportadas, cargadas y descargadas, vehículos y material de transporte empleados, etc. El informe debe presentarse dentro del primer trimestre del año siguiente.

Puede ser personal de la empresa o un colaborador externo. En cualquier caso la empresa debe comunicar a la Administración quién es su Consejero.

MERCANCIAS PELIGROSAS : EMBASES Y EMBALAJES


 Bidones . Son envases de forma cilíndrica con fondo plano o combado. Pueden estar construidos de acero, aluminio, plástico, cartón, etc. Si la tapa superior puede desmontarse se denominan de
“tapa móvil” y de “tapa fija” en caso de disponer de orificios para llenado y vaciado  En algunos casos llevan aros de rodadura.

Cuñetes o “jerricanes” . Son envases de metal o de plástico de sección rectangular o poligonal, provistos de uno o varios orificios. Popularmente se conocen también como “garrafas”.

Sacos . Embalaje flexible de papel, láminas de plástico, materias textiles,etc.

Cajas . Embalajes de lados compactos rectangulares o poligonales. Pueden ser de madera, cartón, plástico, metal,etc.

Botellas. Recipientes diseñados para soportar la presión ejercida por la materia. Se utilizan principalmente
para gases, tanto comprimidos como licuados o disueltos a presión. Suelen ser metálicos y de paredes
gruesas para asegurar una gran resistencia.
Grandes recipientes para granel (GRG). El GRG es un envase móvil, rígido o flexible, concebido para ser manipulado mecánicamente y resistir los esfuerzos a que estará sometido durante la manipulación y el transporte. Se admiten para su construcción metal, plástico, fibras textiles, etc. Tienen una capacidad intermedia entre los envases típicos y los contenedores y por lo general tienen las dimensiones de una paleta.




Los envases y embalajes deben estar homologados, tras superar pruebas de apilamiento, caída, golpes laterales, etc. La severidad de estas pruebas dependerá de las materias que esté autorizado a contener el envase.

Todos los bultos deben ir convenientemente marcados y etiquetados y no deben tener pérdidas de contenido.

Cada envase o embalaje llevará marcas duraderas, legibles y bien visibles,describiendo el tipo de envase, material de construcción, año de fabricación, homologación, etc. precedido por las siglas “UN”.

Tipo envase o embalaje                                           Material de construcción



1 = bidón                                                                    A = acero
3 = cuñete                                                                   B = aluminio

4 = caja                                                                       C = madera natural


5 = saco                                                                       D = contrachapado

6 = embalaje compuesto                                               F = aglomerado de madera

0 = embalaje metálico ligero (espesor de hasta 0,5 mm)   G = cartón

                                                                                    H = plástico

                                                                                    L = textil

                                                                                     M = papel


                                                                                     N = metal (diferente de acero y aluminio)


                                                                                      P = vidrio, porcelana o gres.


MERCANCIAS PELIGROSAS : LIQUIDOS INFLAMABLES


 El punto de inflamación ó Flash Point es la temperatura a la cual un producto desprende vapores en cantidad suficiente como para inflamarse en presencia de una llama o chispa.

De dos líquidos inflamables, es más peligroso aquel que tenga un punto de inflamación más bajo.

Gasolina: - 43 °C

Alcohol etílico: 12 °C

Benceno: 20 °C

Diésel: 52 °C a 96 °C

Tolueno: 9 °C

MERCANCIAS PELIGROSAS : CISTERNAS




MERCANCIAS PELIGROSAS : DOCUMENTACION ( III )


 Programa de formación inicial (8.2.2 del ADR) / Cursos

Básico: 18 sesiones de enseñanza.

Especialización para el transporte en cisternas: 12 sesiones de enseñanza.

Especialización para el transporte de materias y objetos de la clase 1: 8 sesiones de enseñanza.

Especialización para el transporte de materias radiactivas de la clase 7: 8 sesiones de enseñanza.

Las sesiones de enseñanza, en principio, tendrán una duración de 45 minutos y cada jornada de curso no deberá abarcar más de un máximo de ocho sesiones de enseñanza.

 El “Certificado ADR” es obligatorio para los vehículos EXII, EXIII, FL, OX y AT, tiene una
validez de 1 año y en España lo expide el Ministerio de Ciencia y Tecnología.

 Vehículos EXII y EXIII. Para el transporte de explosivos.


Vehículos FL. Para trasporte de líquidos con “Flash Point” igual o inferior a 60 ºC, en cisternas o en contenedores cisterna. Como excepción se incluye el gasóleo aunque su punto de inflamación es superior a 60 ºC. También transporte de gases inflamables en cisternas ó en contenedores cisterna.

Vehículos OX. Destinados al transporte de Peróxido de Hidrógeno (UN- 2015) en cisternas ó contenedores cisterna.

Vehículos AT. Diferentes de FL y de OX para transporte de mercancías peligrosas en cisternas ó contenedores cisterna.

Sólo a estos vehículos se exige el Certificado ADR, según 9.1.2 del ADR.
 

MERCANCIAS PELIGROSAS : DOCUMENTACIÓN ( II )

 

Instrucciones escritas.

Deben redactarse sólo en idioma(s) que entienda la tripulación


MERCANCIAS PELIGROSAS : DOCUMENTACIÓN


Carta de porte: Documento obligatorio donde se especifican todas las mercancías peligrosas transportadas, cantidad, etc.

La carta de porte debe ser confeccionada por el expedidor y entregada al transportista. También puede hacerlo el cargador por delegación del expedidor. (Artículo 25 del RD 551/2006).

No hay ningún tipo de impreso estándar, y se puede emplear cualquier formato.

Debe incluir al menos los siguientes datos:

a) El número de ONU precedido de las siglas “UN”.

b) La designación oficial de transporte.

c) Los números de modelos de etiquetas prescritos para esa materia.

Si hay varios, los que siguen al primero se deben indicar entre paréntesis.

d) El grupo de embalaje asignado a la materia. Puede ir precedido de las siglas “GE”. Si el recorrido incluye túneles se indicará a continuación y entre paréntesis el código de túnel de la mercancía.


MERCANCIAS PELIGROSA: SEÑALIZACION ( II )


 Los bultos que contengan mercancías peligrosas deben ir señalizados con las siglas UN ( Naciones Unidas ) seguido del código correspondiente.
 Etiquetas de peligro. Las etiquetas de peligro muestran de forma gráfica los peligros que presentan las mercancías. El etiquetado en el transporte de mercancías peligrosas es obligatorio para:



-Los bultos


-Los vehículos cisterna


-Los vehículos que transporten mercancías sólidas a granel.


-Los contenedores


-Los vehículos caja que transporten explosivos y radiactivos.


Sin embargo no es obligatorio para los vehículos caja que transporten mercancías envasadas (salvo que sean explosivos ó radiactivos).


Las etiquetas son cuadradas y se apoyan sobre un vértice. En el caso de las cisternas, sus medidas mínimas son de 25 x 25 cms. y para bultos se reducen a 10 x 10 cms.


La columna 5 de la Tabla A del ADR nos indica la etiqueta(s) a utilizar. La obligatoriedad de etiquetar los bultos corresponde al expedidor de los productos peligrosos.
 


MERCANCIAS PELIGROSAS : SEÑALIZACIÓN


 Las unidades de transporte que lleven mercancías peligrosas dispondrán de dos paneles rectangulares de color naranja retroreflectante de 40 cms de base y 30 cms de altura con un reborde negro de 15 mm de espesor.


 Deben aguantar un fuego de al menos 15 minutos después del cual deberán seguir siendo legibles. Deberán ser bien visibles y se fijarán uno en la parte delantera del vehículo y otro en la parte trasera. Deben ocultarse o quitarse cuando las materias peligrosas hayan sido descargadas y las cisternas hayan sido limpiadas y desgasificadas.

 Cuando el número de identificación de peligro vaya precedido por la letra X, indicará la prohibición absoluta de echar agua sobre el producto. Tal es el caso, por ejemplo, del Sodio, que en contacto con el agua desprende Hidrógeno, que es muy inflamable.

 La correcta colocación de los paneles en el vehículo de mercancías peligrosas es responsabilidad del transportista.
 

MERCANCIA PELIGROSA : CLASIFICACION


El ADR clasifica las Mercancías Peligrosas en 9 clases genéricas, que se subdividen en 13 clases específicas distintas:


Clase 1 Materias y objetos explosivos.

Clase 2 Gases comprimidos, licuados o disueltos a presión.

Clase 3 Materias líquidas inflamables.

Clase 4.1 Materias sólidas inflamables.
Clase 4.2 Materias susceptibles de inflamación espontánea.
Clase 4.3 Materias que en contacto con agua desprenden gases inflamables.

Clase 5.1 Materias comburentes u oxidantes.
Clase 5.2 Peróxidos orgánicos.

Clase 6.1 Materias tóxicas.
Clase 6.2 Materias infecciosas.

Clase 7 Materias radiactivas.

Clase 8 Materias corrosivas.

Clase 9 Materias y objetos peligrosos diversos.

Salvo excepciones, a cada materia se le asigna un GRUPO DE EMBALAJE, con el significado: I = muy peligrosa, II = medianamente peligrosa, III = poco peligrosa

MERCANCIA PELIGROSA : NORMATIVA



Carretera: Los transportes nacionales e internacionales se rigen por el ADR. Actualmente el ADR vigente es el de 2011 y se actualiza cada 2 años.


En España además del ADR se aplica el R.D. 551/2006, (BOE de 12-05-2006).

Marítimo internacional: Se aplica el Convenio IMDG, publicado por la IMO.

Ferrocarril: El RID.

Aéreo: Anexo 18 del Convenio de Chicago de 1944, que se recoge y actualiza anualmente en las Normas de la IATA sobre el transporte de mercancías peligrosas.
 
Disposiciones particulares en otros países:


 Un país firmante del ADR podrá aplicar a los vehículos que realicen transporte internacional por ese país ciertas disposiciones suplementarias al ADR, siempre que figuren en su legislación nacional y sean aplicables a los vehículos que realicen transporte nacional en ese país (no discriminación).

Por ejemplo, sobre:

- Paso por puentes o túneles
- Itinerarios de obligado cumplimiento
- Restricciones relativas a la circulación de vehículos ciertos días de la semana o del año.

MERCANCIAS PELIGROSAS


 Todo material dañino o perjudicial que, durante su fabricación , manipulación, transporte, almacenamiento o uso, pueda generar o desprender polvos, humos, gases, vapores o fibras infecciosos, irritantes, inflamables, explosivos, corrosivos, asfixiantes, tóxicos o de otra naturaleza peligrosa, o radiaciones ionizantes, en cantidades que tengan probabilidad de lesionar la salud de las personas que entren en contacto con ellas, o que pueden causar daños materiales a las instalaciones, vehículos o edificios y medio ambiente.

 Existen unas 4000 mercancías peligrosas registradas, pero el número va en aumento. La ONU le ha asignado a cada una de ellas un código de cuatro dígitos para identificarlas. Ejemplo gasolina 1203, Gasóleo 1202.

 Sólo tres productos líquidos ( fuel, gasóleo y gasolina ), representan por sí solos un 80% del total de todos los productos peligrosos transportados.
11 de julio de 1978:  Accidente en el camping Los Alfaques, de San Carlos de la Rápita (Tarragona) por explosión de un camión cisterna cargado con propileno. Murieron 215 personas.


24 de marzo de 1999: Camión belga se incendió dentro del túnel de Mont Blanc que une Francia con Italia, al parecer por sobrecalentamiento de los frenos. Se produjeron 40 muertos.

Finales del año 2001: Espectacular accidente en el interior del túnel de San Gotardo, que une Suiza e Italia bajo los Alpes. Este túnel es el más largo de Europa, con casi 17 kms. Perdieron la vida 10 personas.

Martes 9 de marzo de 2004: Camión cargado con nitrato amónico colisionó con un turismo en un tramo recto de la nacional 234 y estalló (1 hora después) en Barracas (Castellón). El accidente fue espectacular y dejó un enorme cráter en la calzada, aunque sólo murieron dos personas.

De cada accidente se ha ido aprendiendo, se han exigido mayores niveles de seguridad a los vehículos e instalaciones y creando normativas nacionales e internacionales cada vez más estrictas.